Nuevos requerimientos para elaborar la receta de medicamentos
Ago 9, 2016 / A partir del 1 de agosto la dispensa de medicamentos en la Farmacia de DAMSU regirá según la Ley Nacional 25649/2002 y la Provincial 7037/2002. La misma expresa que toda receta deberá efectuarse expresando monodroga, seguida de la forma farmacéutica, cantidad de unidades por envase y concentración.
Farmacia puede ofrecer otro medicamento con el mismo principio activo que el prescripto, con la misma cantidad de unidades por envase, forma farmacéutica, concentración y menor precio. En tal caso, el afiliado deberá firmar en la receta el consentimiento por la compra del medicamento, seguido de la firma y sello del farmacéutico.
En el caso que el profesional prescriba por marca, debe consignar el nombre genérico seguido de la marca. Si el profesional considera que no puede reemplazarse por otra marca, deberá colocar después de su firma, la justificación científica y clara que avale tal decisión, y nuevamente su firma y sello.